keyboard_tab Clausole e vendite online Direttiva EU 2011/0083 ES
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2019/2161 2011/83 2005/29 1998/6 1993/13
2011/0083 ES Art. 13 . Output generated live by software developed by IusOnDemand srl- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Definiciones
- Artículo 3 Ámbito de aplicación
- Artículo 4 Nivel de armonización
- Artículo 5 Requisitos de información de los contratos distintos de los contratos a distancia o los celebrados fuera del establecimiento
- Artículo 6 Requisitos de información de los contratos a distancia y los contratos celebrados fuera del establecimiento
- Artículo 7 Requisitos formales de los contratos celebrados fuera del establecimiento
- Artículo 8 Requisitos formales de los contratos a distancia
- Artículo 9 Derecho de desistimiento
- Artículo 10 Omisión de información sobre el derecho de desistimiento
- Artículo 11 Ejercicio del derecho de desistimiento
- Artículo 12 Efectos del desistimiento
- Artículo 13 Obligaciones del comerciante en caso de desistimiento
- Artículo 14 Obligaciones del consumidor en caso de desistimiento
- Artículo 15 Efectos del ejercicio del derecho de desistimiento en los contratos complementarios
- Artículo 16 Excepciones al derecho de desistimiento
- Artículo 17 Ámbito de aplicación
- Artículo 18 Entrega
- Artículo 19 Tasas por la utilización de medios de pago
- Artículo 20 Transmisión del riesgo
- Artículo 21 Comunicaciones telefónicas
- Artículo 22 Pagos adicionales
- Artículo 23 Cumplimiento
- Artículo 24 Sanciones
- Artículo 25 Carácter imperativo de la Directiva
- Artículo 26 Información
- Artículo 27 Suministro no solicitado
- Artículo 28 Transposición
- Artículo 29 Requisitos en materia de informes
- Artículo 30 Información por parte de la Comisión y revisión
- Artículo 31 Cláusula derogatoria
- Artículo 32 Modificación de la Directiva 93/13/CEE
- «Artículo 8 bis
- Artículo 33 Modificación de la Directiva 1999/44/CE
- «Artículo 8 bis Requisitos de información
- Artículo 34 Entrada en vigor
- Artículo 35 Destinatarios
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- whereas (63)
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- whereas (65)
- whereas (66)
- whereas (67)
- consumidor
- comerciante
- bienes
- bienes elaborados conforme a las especificaciones del consumidor
- contrato de venta
- contrato de servicios
- contrato a distancia
- contrato celebrado fuera del establecimiento
- establecimiento mercantil
- soporte duradero
- contenido digital
- servicio financiero
- subasta pública
- garantía comercial
- contrato complementario
- Recogeremos los bienes.
- Deberá usted devolver o entregar los bienes a nosotros mismos o a … [insértese el nombre y la dirección geográfica, si procede, de la persona autorizada por usted a recibir los bienes], sin ninguna demora indebida y, en cualquier caso, a más tardar en el plazo de 14 días a partir de la fecha en que nos comunique su decisión de desistimiento del contrato. Se considerará cumplido el plazo si efectúa la devolución de los bienes antes de que haya concluido el plazo de 14 días.
- Nos haremos cargo de los costes de devolución de los bienes.
- Deberá usted asumir el coste directo de devolución de los bienes.
- Solo será usted responsable de la disminución de valor de los bienes resultante de una manipulación distinta a la necesaria para establecer la naturaleza, las características y el funcionamiento de los bienes.
- consumidor 7
- comerciante 6
- caso 5
- haya 5
- entrega 3
- bienes 3
- reembolso 3
- artículo 2
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- ello 1
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- condición 1
- haber 1
- presentado 1
- prueba 1
- devolución 1
- no 1
- gasto 1
Artículo 13
Obligaciones del comerciante en caso de desistimiento
1. El comerciante reembolsará todo pago recibido del consumidor, incluidos, en su caso, los costes de entrega, sin demoras indebidas y, en cualquier caso, antes de que hayan transcurrido 14 días desde la fecha en que haya sido informado de la decisión de desistimiento del contrato del consumidor de conformidad con el artículo 11.
El comerciante deberá efectuar el reembolso a que se refiere el primer párrafo utilizando el mismo medio de pago empleado por el consumidor para la transacción inicial, a no ser que el consumidor haya dispuesto expresamente lo contrario y siempre y cuando el consumidor no incurra en ningún gasto como consecuencia del reembolso.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, en caso de que el consumidor haya seleccionado expresamente una modalidad de entrega diferente a la modalidad menos costosa de entrega ordinaria, el comerciante no estará obligado a reembolsar los costes adicionales que de ello se deriven.
3. Salvo en caso de que el comerciante se haya ofrecido a recoger él mismo los bienes, en los contratos de venta, el comerciante podrá retener el reembolso hasta haber recibido los bienes, o hasta que el consumidor haya presentado una prueba de la devolución de los bienes, según qué condición se cumpla primero.
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