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2014/0910 ES cercato: 'carga' . Output generated live by software developed by IusOnDemand srl


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    CAPÍTULO I
    DISPOSICIONES GENERALES

    CAPÍTULO II
    IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA

    CAPÍTULO III
    SERVICIOS DE CONFIANZA

    SECCIÓN 1
    Disposiciones generales
  • 2 Artículo 13 Responsabilidad y carga de la prueba

  • SECCIÓN 2
    Supervisión

    SECCIÓN 3
    Servicios de confianza cualificados

    SECCIÓN 4
    Firma electrónica

    SECCIÓN 5
    Sellos electrónicos

    SECCIÓN 6
    Sello de tiempo electrónico

    SECCIÓN 7
    Servicio de entrega electrónica certificada

    SECCIÓN 8
    Autenticación de sitios web

    CAPÍTULO IV
    DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS

    CAPÍTULO V
    DELEGACIÓN DE PODERES Y DISPOSICIONES DE EJECUCIÓN

    CAPÍTULO VI
    DISPOSICIONES FINALES


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Artículo 13

Responsabilidad y carga de la prueba

1.   Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2, los prestadores de servicios de confianza serán responsables de los perjuicios causados de forma deliberada o por negligencia a cualquier persona física o jurídica en razón del incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Reglamento.

La carga de la prueba de la intencionalidad o la negligencia de un prestador no cualificado de servicios de confianza corresponderá a la persona física o jurídica que alegue los perjuicios a que se refiere el primer párrafo.

Se presumirá la intencionalidad o la negligencia de un prestador_cualificado_de_servicios_de_confianza salvo cuando ese prestador_cualificado_de_servicios_de_confianza demuestre que los perjuicios a que se refiere el párrafo primero se produjeron sin intención ni negligencia por su parte.

2.   Cuando un prestador de servicios informe debidamente a sus clientes con antelación sobre las limitaciones de la utilización de los servicios que presta y estas limitaciones sean reconocibles para un tercero, el prestador_de_servicios_de_confianza no será responsable de los perjuicios producidos por una utilización de los servicios que vaya más allá de las limitaciones indicadas.

3.   Los apartados 1 y 2 se aplicarán con arreglo a las normas nacionales sobre responsabilidad.


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