keyboard_tab Digital Market Act 2022/1925 ES
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- 1 Artículo 11 Informes
CAPÍTULO I
OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
CAPÍTULO II
GUARDIANES DE ACCESO
CAPÍTULO III
PRACTICAS DE LOS GUARDIANES DE ACCESO QUE LIMITAN LA DISPUTABILIDAD O SON DESLEALES
CAPÍTULO IV
INVESTIGACIÓN DE MERCADO
CAPÍTULO V
COMPETENCIAS DE INVESTIGACION, EJECUCION Y SUPERVISION
CAPÍTULO VI
DISPOSICIONES FINALES
- guardián de acceso
- servicio básico de plataforma
- servicio de la sociedad de la información
- sector digital
- servicios de intermediación en línea
- motor de búsqueda en línea
- servicio de redes sociales en línea
- servicio de plataforma de intercambio de vídeos
- servicio de comunicaciones interpersonales independiente de la numeración
- sistema operativo
- navegador web
- asistente virtual
- servicio de computación en nube
- tiendas de aplicaciones informáticas
- aplicación informática
- servicio de pago
- servicio técnico de apoyo a un servicio de pago
- sistema de pago de compras integradas en la aplicación
- servicio de identificación
- usuario final
- usuario profesional
- clasificación
- resultados de búsqueda
- datos
- datos personales
- datos no personales
- empresa
- control
- interoperabilidad
- volumen de negocios
- elaboración de perfiles
- consentimiento
- órgano jurisdiccional nacional
- Consideraciones generales
- Usuarios finales activos
- Usuarios profesionales activos
- Presentación de información
- Definiciones específicas
- artículo 6
- comisión 6
- resumen 6
- confidencial 6
- informe 6
- guardián_de_acceso 6
- proporcionará 4
- apartado 4
- plazo 4
- en 4
- año 2
- menos 2
- actualizará 2
- dicho 2
- cumplimiento 2
- facilitará 2
- sitio 2
- publicará 2
- refiere 2
- artículos 2
- establecidas 2
- obligaciones 2
- medidas 2
- garantizar 2
- para 2
- aplicado 2
- informes 2
- transparente 2
- detallada 2
- manera 2
- describan 2
- conformidad 2
- arreglo 2
- designación 2
- tras 2
- meses 2
- seis 2
- enlace 2
Artículo 11
Informes
1. En un plazo de seis meses tras su designación con arreglo al artículo 3, y de conformidad el artículo 3, apartado 10, el guardián_de_acceso proporcionará a la Comisión un informe en el que se describan de manera detallada y transparente las medidas que ha aplicado para garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos 5, 6 y 7.
2. En el plazo a que se refiere el apartado 1, el guardián_de_acceso publicará un resumen no confidencial de dicho informe y se lo proporcionará a la Comisión.
El guardián_de_acceso actualizará el informe y el resumen no confidencial al menos una vez al año.
La Comisión facilitará en su sitio web un enlace a ese resumen no confidencial.
Artículo 11
Informes
1. En un plazo de seis meses tras su designación con arreglo al artículo 3, y de conformidad el artículo 3, apartado 10, el guardián_de_acceso proporcionará a la Comisión un informe en el que se describan de manera detallada y transparente las medidas que ha aplicado para garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos 5, 6 y 7.
2. En el plazo a que se refiere el apartado 1, el guardián_de_acceso publicará un resumen no confidencial de dicho informe y se lo proporcionará a la Comisión.
El guardián_de_acceso actualizará el informe y el resumen no confidencial al menos una vez al año.
La Comisión facilitará en su sitio web un enlace a ese resumen no confidencial.
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