search
keyboard_tab Clausole e vendite online Direttiva EU 2011/0083 ES
BG CS DA DE EL EN ES ET FI FR GA HR HU IT LV LT MT NL PL PT RO SK SL SV print pdf
2019/2161 2011/83 2005/29 1998/6 1993/13
2011/0083 ES cercato: 'mantendrán' . Output generated live by software developed by IusOnDemand srl
index mantendrán:
whereas mantendrán:
definitions:
- consumidor
- comerciante
- bienes
- bienes elaborados conforme a las especificaciones del consumidor
- contrato de venta
- contrato de servicios
- contrato a distancia
- contrato celebrado fuera del establecimiento
- establecimiento mercantil
- soporte duradero
- contenido digital
- servicio financiero
- subasta pública
- garantía comercial
- contrato complementario
- Recogeremos los bienes.
- Deberá usted devolver o entregar los bienes a nosotros mismos o a … [insértese el nombre y la dirección geográfica, si procede, de la persona autorizada por usted a recibir los bienes], sin ninguna demora indebida y, en cualquier caso, a más tardar en el plazo de 14 días a partir de la fecha en que nos comunique su decisión de desistimiento del contrato. Se considerará cumplido el plazo si efectúa la devolución de los bienes antes de que haya concluido el plazo de 14 días.
- Nos haremos cargo de los costes de devolución de los bienes.
- Deberá usted asumir el coste directo de devolución de los bienes.
- Solo será usted responsable de la disminución de valor de los bienes resultante de una manipulación distinta a la necesaria para establecer la naturaleza, las características y el funcionamiento de los bienes.
cloud tag:
- contratos 3
- nivel 2
- consumidores 2
- directiva 2
- presente 2
- disposiciones 2
- distintos 1
- informaciÓn 1
- capÍtulo 1
- diferente 1
- contrario 1
- disposición 1
- distancia 1
- celebrados 1
- salvo 1
- fuera 1
- protección 1
- artículo 1
- estrictas 1
- garantizar 1
- para 1
- menos 1
- más 1
- particular 1
- fijadas 1
- contrarias 1
- nacional 1
- legislación 1
- introducirán 1
- mantendrán 1
- miembros 1
- estados 1
- armonización 1
- establecimiento 1
Artículo 4
Nivel de armonización
Los Estados miembros no mantendrán o introducirán, en su legislación nacional, disposiciones contrarias a las fijadas en la presente Directiva, en particular disposiciones más o menos estrictas para garantizar un diferente nivel de protección de los consumidores, salvo disposición en contrario de la presente Directiva.
CAPÍTULO II
INFORMACIÓN A LOS CONSUMIDORES EN LOS CONTRATOS DISTINTOS DE LOS CONTRATOS A DISTANCIA O LOS CONTRATOS CELEBRADOS FUERA DEL ESTABLECIMIENTO
whereas