keyboard_tab REGIS - Reg. Intermediation Services 2019/1150 ES
BG CS DA DE EL EN ES ET FI FR GA HR HU IT LV LT MT NL PL PT RO SK SL SV print pdf 2019/1150 ES Art. 5 . Output generated live by software developed by IusOnDemand srl- ArtÃculo 1 Objeto y ámbito de aplicación
- ArtÃculo 2 Definiciones
- ArtÃculo 3 Condiciones generales
- ArtÃculo 4 Restricción, suspensión y terminación
- ArtÃculo 5 Clasificación
- ArtÃculo 6 Bienes y servicios auxiliares
- ArtÃculo 7 Tratamiento diferenciado
- ArtÃculo 8 Cláusulas contractuales especÃficas
- ArtÃculo 9 Acceso a los datos
- ArtÃculo 10 Restricciones a la oferta de condiciones diferentes por otros medios
- ArtÃculo 11 Sistema interno de tramitación de reclamaciones
- ArtÃculo 12 Mediación
- ArtÃculo 13 Mediadores especializados
- ArtÃculo 14 Acciones judiciales ejercitadas por organizaciones o asociaciones representativas y por organismos públicos
- ArtÃculo 15 GarantÃa del cumplimiento
- ArtÃculo 16 Seguimiento
- ArtÃculo 17 Códigos de conducta
- ArtÃculo 18 Revisión
- ArtÃculo 19 Entrada en vigor y aplicación
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- whereas (47)
- whereas (48)
- whereas (49)
- whereas (50)
- whereas (51)
- whereas (52)
- usuario profesional
- servicios de intermediación en lÃnea
- proveedor de servicios de intermediación en lÃnea
- consumidor
- motor de búsqueda en lÃnea
- proveedor de motores de búsqueda en lÃnea
- usuario de un sitio web corporativo
- clasificación
- control
- condiciones generales
- bienes y servicios auxiliares
- mediación
- soporte duradero
- lÃnea 11
- clasificación 7
- búsqueda 7
- proveedores 6
- artÃculo 5
- servicios 5
- usuarios 5
- parámetros 5
- motores 5
- intermediación 4
- sitios 4
- principales 4
- posibilidad 3
- corporativos 3
- este 3
- requisitos 3
- importancia 3
- caracterÃsticas 3
- descripción 3
- consumidores 3
- motor 2
- apartados 2
- sitio 2
- notificación 2
- para 2
- proveedor 2
- Â Â Â para 2
- profesionales 2
- perjuicio 2
- presente 2
- Â Â Â si 2
- manera 2
- caso 2
- Â Â Â los 2
- relativa 2
- presentando 1
- bienes 1
- incluidos 1
- cumplimiento 1
- condiciones 1
- utilizados 1
- diseño 1
- cuanto 1
- tales 1
- medio 1
- generales 1
- ofrecidos 1
- rigen 1
- revelar 1
- medida: 1
ArtÃculo 5
Clasificación
1.   Los proveedores de servicios_de_intermediación_en_lÃnea señalarán en sus condiciones_generales los parámetros principales que rigen la clasificación y los motivos por lo que aquellos cuentan con una importancia relativa superior a la de otros parámetros.
2.   Los proveedores de motores de búsqueda en lÃnea expondrán los parámetros principales que, de forma individual o colectiva, sean más significativos a la hora de determinar la clasificación y la importancia relativa de esos parámetros principales, presentando una descripción de acceso fácil y público, redactada de manera sencilla y comprensible, en los motores de búsqueda en lÃnea que ofrecen. La descripción debe mantenerse actualizada.
3.   Si entre los parámetros principales figura la posibilidad de que los usuarios profesionales o los usuarios de sitios web corporativos influyan en la clasificación remunerando directa o indirectamente al proveedor correspondiente, este también expondrá una descripción de dicha posibilidad y de los efectos que surta la remuneración en la clasificación, de conformidad con los requisitos que figuran en los apartados 1 y 2.
4.   Si un proveedor de un motor_de_búsqueda_en_lÃnea ha alterado el orden de la clasificación en un caso concreto o ha excluido un sitio web determinado como consecuencia de la notificación de un tercero, ofrecerá al usuario_de_un_sitio_web_corporativo la posibilidad de examinar el contenido de la notificación.
5.   Las descripciones indicadas en los apartados 1, 2 y 3 serán suficientes para permitir a los usuarios profesionales o a los usuarios de sitios web corporativos entender de manera clara si el mecanismo de clasificación tiene en cuenta lo siguiente y, en caso afirmativo, cómo y en qué medida:
a) | las caracterÃsticas de los bienes y servicios ofrecidos a los consumidores por medio de los servicios_de_intermediación_en_lÃnea o el motor_de_búsqueda_en_lÃnea; |
b) | la importancia de tales caracterÃsticas para los consumidores; |
c) | en cuanto a los motores de búsqueda en lÃnea, las caracterÃsticas de diseño de los sitios web utilizados por los usuarios de sitios web corporativos. |
6.   Para el cumplimiento de los requisitos incluidos en este artÃculo, no se exigirá a los proveedores de los servicios_de_intermediación_en_lÃnea ni a los proveedores de motores de búsqueda en lÃnea revelar algoritmos o información que, dentro de un grado de certeza razonable, podrÃa inducir a error a los consumidores o causarles un perjuicio mediante la manipulación de los resultados de las búsquedas. Este artÃculo se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en la Directiva (UE) 2016/943.
7.   Para facilitar que los proveedores de servicios_de_intermediación_en_lÃnea y los proveedores de motores de búsqueda en lÃnea cumplan y hagan cumplir los requisitos del presente artÃculo, la Comisión acompañará de orientaciones las obligaciones de transparencia establecidas en el presente artÃculo.
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